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Sábado, 28 Diciembre 2024

 

                                               

Se aprobó el Protocolo de las Actividades Deportivas que serán habilitadas desde este jueves


El Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes aprobó el Protocolo de Actividades Deportivas, en el Marco de COVID-19, con vigencia en todo el ámbito provincial a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

La ministra Ana María Nadal, junto al subsecretario de Deportes, Federico Chiapetta, dieron a conocer la normativa legal sobre las disposiciones que deberán cumplir estrictamente las actividades deportivas habilitadas, a excepción por el momento de los natatorios que aún no se puede practicar, pero que en los próximos días, seguramente, habrá novedades al respecto, puesto que se continúan evaluando los protocolos deportivos por parte del Gobierno provincial.

Disposiciones

Distanciamiento social: no podrán ser realizadas con una concurrencia superior a diez personas. Asimismo, deberán mantener entre ellas una distancia mínima de dos metros. El enfoque debe centrarse en “llegar, realizar la actividad deportiva, regresar”. Los profesores y/o entrenadores también deberán respetar la distancia mínima establecida en la presente.

Se deberán evitar las esperas y/o las filas de las personas que concurran a realizar la actividad deportiva, aun cuando se desarrollen al aire libre (canchas o espacios abiertos).

Queda prohibida la participación de público en estas actividades deportivas. Espacios comunes y salas de espera (SUM, buffet, salones, etc.): queda prohibida su utilización. Los baños solo podrán ser utilizados para casos indispensables, no pudiendo ser empleados como vestidores, duchas, etc.

Higiene de manos: se fomentará la higiene, de forma regular, de manos con agua y jabón en la medida de lo posible; en su defecto, se deberá utilizar alcohol en gel o alcohol diluido en agua al 70%. En todo momento debe haber a disposición de los asistentes estos elementos en sitios designados de alto tránsito y en zonas de áreas comunes (baños, etc.). Los sitios de higiene deben contar con jabón en forma líquida y toallas de papel descartable.

Limpieza y desinfección: se intensificará la limpieza y desinfección de todas las áreas utilizadas por las personas que realizan actividad deportiva, particularmente las zonas de alto contacto, superficies, picaportes, barandas de escaleras, botoneras de ascensores, etc. Se deberá efectuar la limpieza constante de áreas comunes.

Siempre debe realizarse limpieza húmeda (con lavandina al 55% diluida en agua 1 en 10 o con alcohol al 70%) y evitar la limpieza seca (lampazos, plumeros, etc.). Los materiales de desinfección no deben combinarse entre sí. Utilizar los productos habituales de higiene, realizando fricción apropiada (el acto de fricción es esencial para que la limpieza sea efectiva).

Ventilación recurrente de espacios comunes durante todo el día y de forma constante. Aquellos espacios sin posibilidad de ventilación natural serán restringidos y no podrán utilizarse. Espacios con circulación de personas deberán contar con ventilación permanente.

Higiene de la tos (toser o estornudar sobre el pliegue del codo).

Cada persona deberá concurrir con su propia botella de agua desde su domicilio, quedando prohibido el relleno de las mismas por dispensadores o canillas.

Se deberá utilizar tapabocas. No se deben compartir elementos personales ni de trabajo (botellas, vasos, utensilios, toallas, etc.).

ada participante deberá concurrir munido de sus elementos personales para el ejercicio deportivo, quedando prohibido compartir todo tipo de elementos, ropa de entrenamiento, cuya utilización pueda contribuir a la difusión del virus. En caso de requerir elementos o accesorios especiales para la realización de la actividad deportiva (raqueta, palo de golf, bicicleta, moto, pelota, etc.), deberá ser debidamente desinfectado una vez terminada la práctica deportiva y/o antes del ingreso al hogar.

Para desplazamientos desde y hacia los lugares donde se realizan las actividades deportivas, en viajes cortos, se recomienda caminar o utilizar bicicleta, para permitir liberar espacio en el transporte público.

Se debe sugerir no utilizar joyas y tener el cabello recogido dentro de las instalaciones así como durante el desarrollo de la actividad deportiva.

Evitar el uso de celular (es un elemento personal que se lleva cerca de la boca y puede contaminarse).

Cerrar los grifos usando papel de secado de manos, o papel tissue, para no contaminar las manos con el grifo.
Triage: al ingreso del establecimiento se recomienda realizar un triage (interrogatorio) a los asistentes de modo de detectar personas con posibles casos sospechosos de COVID-19. Se recomienda colocar un cartel en el ingreso informando las restricciones, a modo de colaborar con la tarea de la vigilancia y permitir la rápida información de las personas que desean ingresar. Se recomienda que el triage incluya las siguientes preguntas: ¿Ha estado fuera de la provincia en los últimos 21 días? ¿Presenta usted fiebre, dolor de cabeza, tos, alteraciones en gusto u olfato?

Registro de asistentes: se deberá llevar un registro de cada persona que ingrese al establecimiento, con el objeto de poder ser rápidamente localizada en caso de ser necesario un control epidemiológico. El registro deberá contener nombre, DNI, teléfono y horario de concurrencia al establecimiento.

El establecimiento deberá contar con asesoramiento médico para su funcionamiento, así como para la resolución de eventuales lesiones o situaciones epidemiológicas sospechosas de transmisión de COVID-19.

Se deben evitar los saludos y cualquier tipo de contacto físico. En la medida que resulte posible, se deberán indicar en las instalaciones distintos circuitos de circulación, tanto para ingreso y egreso diferenciado, como para las rotaciones que resulten necesarias en la práctica, evitando en todo momento el contacto físico y posibles aglomeraciones. Especialmente los cambios de cancha se deben realizar por sectores opuestos. Debe evitarse el cierre de canchas mediante sistemas que impliquen picaportes y/o cerraduras que deban ser manipulados.

Las personas que presenten los siguientes síntomas no deben realizar ninguna de estas actividades deportivas y deben consultar a los medios habilitados (0 800 800 26243 o al 148):
-Dificultad respiratoria.

-Fiebre.

-Tos seca.

-Mialgias (dolor muscular).

-Disnea (ahogo o dificultad en la respiración).

-Odinofagia (dolor de garganta).

-Pérdida repentina del olfato.

-Pérdida repentina del gusto.

-Rinorrea (secreción acuosa o mucosa de los orificios nasales).

-Diarrea y/o que hayan viajado fuera de la provincia (territorio nacional o al exterior) o que hayan estado en contacto con un caso sospechoso o confirmado de COVID-19 en los últimos 21 días.

Se comunicará a todo el personal y a las personas que concurran a realizar actividades deportivas que no deberán concurrir al establecimiento si presentan síntomas compatibles con COVID 19, y en caso de presentarlos durante la jornada en el lugar, se procederá a cumplir el protocolo de atención médica vigente.

Conforme lo establecido en el artículo 9, inciso 2 del DNU 520/20, quedan prohibidas las prácticas de cualquier tipo de deportes donde participen más de 10 personas o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de dos metros entre los participantes.

Queda prohibida la asistencia de personas incluidas en los grupos de riesgo, salvo con permiso expreso y seguimiento de un profesional médico. Asimismo, se recomienda que las personas mayores de 60 años no realicen las actividades deportivas autorizadas.

  

InfoSur - Noticias - Bertani Norte 2750 
Director Periodístico: Sergio Walter Miranda
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