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Martes, 28 Abril 2026

 

 

 

 

 

 

Así es el protocolo que restringe el uso de los celulares en los colegios católicos de Mendoza

Las institución debe garantizar el sistema para identificar y almacenar los dispositivos pero no se hacen cargo por pérdidas. Cuáles son los argumentos de la medida y las posibles sanciones del uso.

En 10 colegios privados de la provincia de Mendoza prohibieron el uso de celulares en el ámbito académico, siempre que los mismos no estén asignados a una actividad educativa programada. La decisión le corresponde a la Comisión de Educación del Arzobispado (Ceducar) y rige a partir de mayo.

Para su cumplimiento, las instituciones deberán implementar un sistema de guarda organizada de los dispositivos, que serán individualizados en un espacio cerrado al que solo podrá tener acceso las autoridades de la institución. Los padres no podrán comunicarse informalmente con los alumnos.

Los colegios que dependen de Ceducar son el Instituto San Vicente Ferrer y el Colegio Nuestra Señora del Rosario (Godoy Cruz), el Instituto San Miguel (Las Heras), el Instituto Nuestra Señora del Rosario (Lavalle), el Instituto Virgen del Carmen de Cuyo (Maipú), el Colegio San Pío X y Instituto San Vicente de Paul (San Martín), el Colegio Medalla Milagrosa y el Instituto Nuestra Señora del Santísimo Rosario (Junín) y el Instituto Pío X (Tunuyán). Son en total unos 8500 alumnos.

“Nosotros hablamos de una prohibición del uso de celulares en la primaria y de una restricción en secundaria, porque ahí está sujeto al uso educativo. El celular va a estar en un dispositivo guardado, pero no va a estar disponible para el uso con fines sociales. Pero si hay una planificación de clases que requiere su utilización, se va a generar el espacio para eso”señaló a El Sol Fernando Bertonati, apoderado legal de estas instituciones.

Buscamos que el estudiante cuando esté en la escuela, no solo aprenda saberes sino también a vincularse con los demás, porque la sociabilización es uno de los fines fundamentales de la escuelaEl celular no solo distrae sino que a nivel vincular genera un montón de situaciones complejas como el bullying, agresiones, violencias o los últimos hechos que son de público conocimiento de viralizar picardías que pueden terminar hasta en un delito, argumentaron.

Cómo será el procedimiento

Para efectivizar la medida, cada institución (a nivel secundario) deberá asegurar un sistema que garantice la seguridad de los dispositivos de los niños y adolescentes. Para los niños de primaria, la medida sugiere directamente no enviar los dispositivos al colegio.

El primer paso incluye un registro de los celulares, mediante el cual el alumno que entregue el dispositivo debe hacerlo con el rótulo de su nombre. El sistema debe definirlo la institución.

Foto: Freepik.

Todos los dispositivos registrados deben ser almacenados en un espacio que reúna las “condiciones razonables de seguridad, orden y control“, señala la circular. El acceso a este espacio será restringido al personal autorizado como preceptores o autoridades. La apertura y cierre de este sistema fuera de los horarios de ingreso y salida solo se realiza en momentos específicos preautorizados por el equipo directivo.

El protocolo responsabiliza a cada institución a establecer ese sistema seguro, así deba realizar modificaciones edilicias; pero lo hace responsable por “pérdidas, sustracciones o daños“, cuando los dispositivos no estén identificados. Aseguran que tampoco será responsable por situaciones “derivadas de caso fortuito, fuerza mayor o
hechos ajenos a su ámbito de control razonable
“. Tampoco responderán por “pérdidas de información, datos o contenidos digitales almacenados en los dispositivos”.

A su vez, desde los colegios señalaron que, con esta medida, los padres no podrán comunicarse con los alumnos de manera informal y directa, ya que toda comunicación será mediada por la institución. “Cada colegio tiene teléfono que está en manos de preceptores, quienes, ante cualquier emergencia, se comunican con la familia. Los padres pueden comunicarse con la institución también”, advirtió Bertonati.

Asimismo, el protocolo también limita el uso de dispositivos personales para el personal docente y no docente exclusivamente a situaciones vinculadas a su función.

 

Sanciones en caso de uso indebido

En el caso de que las autoridades detecten un uso no autorizado de celulares en la institución, se activan cuatro instancias de abordaje.

Inicialmente, solo hay una advertencia verbal con retención del dispositivo hasta que termine la jornada y un registro de la falta. Luego se convoca llama a los padres para notificarlos.

En la tercera etapa se los convoca al establecimiento para firmar un compromiso.

En la cuarta, finalmente, se aplican medidas disciplinarias conforme con el reglamento institucional como pueden ser apercibimientos o sanciones. Cada institución puede adecuar la aplicación de estas medidas.

En este marco, los estudiantes no podrán utilizar celulares durante clases, recreos ni en otros momentos dentro de la institución. Como excepción, se permitirá su uso únicamente con fines pedagógicos, cuando forme parte de una actividad planificada por el docente y cuente con autorización del equipo directivo.

Los teléfonos celulares serán entregados al inicio de la jornada y devueltos al finalizar. Cada colegio implementará un sistema de guarda organizado, con mecanismos de registro, rotulación o asignación de compartimentos individuales, en un espacio específico con acceso restringido a personal autorizado.

La comunicación entre la familia y la escuela se realizará exclusivamente a través de los canales institucionales vigentes, garantizando que, ante cualquier necesidad, los estudiantes puedan contactarse mediante la institución. La implementación estará a cargo de los equipos directivos de cada establecimiento, quienes adaptarán los aspectos operativos según su realidad institucional.

VISTO: Lo establecido en el Contrato de Enseñanza 2026 respecto del uso de dispositivos móviles en el ámbito escolar; CONSIDERANDO: Que el uso de dispositivos móviles personales dentro del ámbito escolar impacta negativamente en los procesos de atención, concentración y aprendizaje de los estudiantes; Que diversas evidencias pedagógicas señalan que la exposición constante a estímulos digitales interfiere en la construcción de hábitos de estudio, la autorregulación y la convivencia escolar; Que resulta necesario fortalecer un entorno educativo centrado en el vínculo pedagógico, la interacción personal y el uso responsable de la tecnología; Que corresponde a las instituciones educativas establecer normas claras que resguarden el clima escolar y el desarrollo integral de los estudiantes; EL APODERADO LEGAL DE LOS COLEGIOS DEL ARZOBISPADO DISPONE:

1. Prohibición de uso de teléfonos celulares Queda prohibido el uso de teléfonos celulares por parte de los estudiantes durante la jornada escolar, comprendiendo horas de clase, horas sin actividad áulica, recreos y cualquier otra instancia de permanencia en el establecimiento. Se exceptúa exclusivamente el uso con fines pedagógicos cuando forme parte de una actividad previamente planificada por el docente o se cuente con autorización expresa del Equipo Directivo.

2. Alcance por nivel Nivel Inicial y Primario: Queda totalmente prohibido el uso de teléfonos celulares durante toda la jornada educativa. Nivel Secundario: Queda totalmente prohibido el uso de teléfonos celulares durante toda la jornada educativa. Cada institución deberá arbitrar los medios necesarios para la guarda segura de los dispositivos.

3. Guarda de dispositivos (Nivel Secundario) Con el objeto de asegurar el cumplimiento de la presente normativa, cada institución deberá implementar un sistema de guarda organizada de dispositivos móviles durante la jornada escolar.

3.1. Entrega y registro Al inicio de la jornada, los estudiantes deberán depositar sus dispositivos en el espacio dispuesto por la institución. Cada dispositivo deberá encontrarse debidamente identificado (nombre y curso del estudiante). La institución podrá implementar mecanismos de registro, rotulación o asignación de compartimentos individuales a efectos de ordenar la guarda.

3.2. Modalidad de resguardo Los dispositivos serán almacenados en un espacio destinado a tal fin, que deberá reunir condiciones razonables de seguridad, orden y control. El acceso al espacio de guarda será restringido al personal autorizado (preceptores o personal designado). La apertura y cierre del sistema de guarda se realizará en momentos determinados (inicio y finalización de la jornada, u otros que disponga la institución).

3.3. Retiro de los dispositivos Los dispositivos serán restituidos al finalizar la jornada escolar o en el momento que disponga el Equipo Directivo. No se permitirá el retiro anticipado sin autorización expresa.

3.4. Alcance de la responsabilidad La institución asume el deber de arbitrar medios razonables de custodia y organización, conforme a las condiciones del establecimiento. No obstante, no será responsable por pérdidas, sustracciones o daños cuando los dispositivos no se encuentren debidamente identificados; Tampoco será responsable por situaciones derivadas de caso fortuito, fuerza mayor o hechos ajenos a su ámbito de control razonable; En ningún caso responderá por pérdidas de información, datos o contenidos digitales almacenados en los dispositivos.

3.5. Recomendaciones a las familias Se recomienda evitar el envío de dispositivos de alto valor económico. La entrega del dispositivo implica el conocimiento y aceptación del presente régimen de guarda.

3.6. Facultades de adecuación El Equipo Directivo podrá establecer ajustes operativos al sistema de guarda, en función de la infraestructura y dinámica institucional, debiendo garantizar en todos los casos criterios de razonabilidad, organización y control.

4. Canales de comunicación institucional La comunicación entre la institución y las familias deberá realizarse exclusivamente mediante los canales institucionales vigentes, conforme a la Circular N° 02/2026. Los estudiantes podrán comunicarse con sus familias a través de dichos canales en caso de necesidad. Las familias deberán canalizar cualquier comunicación mediante los medios oficiales del establecimiento.

5. Uso de dispositivos por el personal El personal docente y no docente deberá limitar el uso de dispositivos personales a situaciones vinculadas a su función. Se priorizará el uso de medios institucionales.

6. Recursos tecnológicos institucionales Las instituciones deberán utilizar prioritariamente los recursos tecnológicos disponibles (computadoras, plataformas educativas, dispositivos institucionales) para el desarrollo de actividades pedagógicas.

7. Régimen disciplinario El incumplimiento de la presente normativa dará lugar a la aplicación de medidas disciplinarias progresivas, conforme con el siguiente esquema:

a) Primera instancia: Advertencia verbal, registro interno y retención del dispositivo hasta la finalización de la jornada.

b) Segunda instancia: Advertencia verbal, registro interno, retención del dispositivo hasta la finalización de la jornada y notificación a la familia.

c) Tercera instancia: Registro interno, retención del dispositivo hasta la finalización de la jornada y citación a los responsables legales y firma de compromiso escrito.

d) Reiteraciones: Aplicación de medidas disciplinarias conforme con el reglamento institucional (apercibimientos, sanciones formales u otras medidas pedagógicas). Cada institución podrá adecuar la aplicación de estas medidas conforme a su reglamento interno.

8. Implementación El Equipo Directivo será responsable de:

a) La implementación de la presente circular;

b) Su adecuada comunicación a toda la comunidad educativa;

c) La regulación de aspectos operativos según la realidad institucional.

9. Vigencia La presente circular entrará en vigencia a partir de mayo de 2026.

Uso de teléfonos celulares en el ámbito escolar Estimadas familias: En el marco de la formación integral de los estudiantes, los colegios del Arzobispado han dispuesto la restricción del uso de teléfonos celulares durante la jornada escolar. Fundamento La medida tiene como objetivo:

a) Favorecer la concentración y el aprendizaje; Promover vínculos interpersonales directos y Prevenir situaciones de distracción, conflicto o uso inadecuado de la tecnología. Comunicación con las familias.

b) La institución garantiza canales de comunicación permanentes. Ante cualquier necesidad, los estudiantes podrán comunicarse a través del colegio. Guarda de dispositivos (Nivel Secundario).

c) Los dispositivos serán resguardados durante la jornada escolar. Se solicita y recomienda evitar el envío de dispositivos de alto valor. Importante: La institución no se responsabiliza por pérdida, daño o sustracción de dispositivos personales. Acompañamiento familiar Se solicita a las familias acompañar esta medida, reforzando en el hogar el uso responsable de la tecnología.

11 instituciones educativas.

Más de 1000 directivos, docentes y no docentes.

Fuente: https://www.elsol.com.ar/

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