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Jueves, 25 Junio 2026

La Corte dejó firme la cautelar por el financiamiento universitario


El máximo tribunal rechazó un recurso de la Casa Rosada y mantuvo la vigencia de la medida que obliga al Estado Nacional a actualizar parcialmente los salarios. El fallo representa un fuerte aval político e implícito a la ley de financiamiento universitario.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la medida cautelar que obliga al Poder Ejecutivo a aplicar de manera inmediata dos artículos clave de la Ley 27.795 de financiamiento universitario. El máximo tribunal desestimó la presentación de la Casa Rosada bajo el argumento técnico de la falta de sentencia definitiva, manteniendo de este modo la vigencia de la protección judicial dictada en la instancia anterior.

La resolución, que lleva la firma de los tres ministros del tribunal, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, no generará efectos económicos concretos en el corto plazo. Esto obedece a que el propio Poder Ejecutivo ya había firmado un acta acuerdo el pasado 10 de junio donde se comprometió a transferir las partidas necesarias para cubrir un incremento de la masa salarial del 24,33%, una suba del 20% en gastos de funcionamiento y una ampliación de fondos para hospitales universitarios hasta alcanzar los $50.000.000.000.

El Comité de Descolonización de las Naciones Unidas aprobó por consenso una resolución que exige al Reino Unido reanudar las negociaciones con Argentina sobre la soberanía de las Islas Malvinas. El proyecto fue copresentado por Argentina y Chile, con el respaldo…

El expediente judicial se inició a partir de un amparo colectivo impulsado de manera conjunta por los representantes del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y las autoridades de distintas universidades nacionales de todo el país.

Antes de resolver la cuestión de fondo del amparo, la justicia en lo Contencioso Administrativo Federal había dictado la medida cautelar que ordenaba al Gobierno cumplir de forma perentoria con una parte específica de la ley de financiamiento. La manda judicial alcanzó puntualmente a los siguientes apartados:

Artículo 5: refiere a la actualización obligatoria de los salarios correspondientes al personal docente y nodocente de las universidades públicas, calculada desde el 1 de diciembre de 2023 hasta el momento de la sanción de la norma.

Artículo 6: establece los mecanismos para la recomposición presupuestaria de todos los programas destinados al estudiantado.

Cabe destacar que la medida cautelar ahora ratificada por la Corte Suprema no incluyó el conjunto total de las demandas previstas por la Ley 27.795. De acuerdo con el fallo anterior, quedaron excluidas de esta protección la recomposición presupuestaria global para los períodos 2024 y 2025, así como también otros gastos vinculados con los programas de asistencia y fortalecimiento del sistema universitario.

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A pesar de que el conflicto de fondo por el financiamiento del sistema universitario continúa abierto en los despachos de la Corte Suprema, las tensiones en las aulas se habían descomprimido parcialmente hace poco tiempo. Tras semanas de fuertes discusiones y la latente amenaza de nuevas medidas de fuerza por parte de la comunidad académica, el Ministerio de Capital Humano y el CIN lograron sellar un entendimiento.

Dicha negociación paritaria, que obtuvo el visto bueno de los gremios que nuclean a los trabajadores del sector, determinó un esquema de recomposición salarial escalonada junto con el envío de partidas operativas básicas. El ofrecimiento oficial que destrabó las protestas consistió en un incremento salarial del 24,33% distribuido en dos tramos: un primer ajuste del 21,33% que comenzó a regir en junio (aplicado sobre los sueldos básicos vigentes a mayo de 2026) y un remanente del 3% fijado para el mes de octubre (calculado sobre los básicos correspondientes a septiembre de 2026).

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