En el día ayer en horas de la tarde personal de la policía de Mendoza y por orden el magistrado interviniente, procesó a una mujer por infringir el artículo N° 205.
La policía habría recibido la denuncia como que en dicho templo evangélico se estaría realizando una celebración eclesiástica, cuestión esta que no fue así, pero si se constató que la mujer en cuestión, oriunda de nuestra provincia, estaba recibiendo donaciones.
Que dice el artículo N° 205: Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia.