El mismo es presentado por el bloque Frente de Todos.
PROYECTO DE ORDENANZA PRESENTADO POR LOS SRES. CONCEJALES QUE INTEGRAN EL BLOQUE “FRENTE DE TODOS”, PAMELA TORRES, PAULO CAMPI, ANDREA MATACOTTA, NÉSTOR OJEDA, PEDRO SERRA, MARIANA ABRAHAM, NADIR YASUFF. VISTO: El artículo 97 y 98 y siguientes del Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante; Que el pasado 2 de abril en toda la República Argentina se conmemoró con diferentes actividades el 40° Aniversario de Gesta de Malvinas".
Que la causa Malvinas nos obliga a la permanente concientización y difusión de los inclaudicables derechos soberanos Argentinos, sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes.
Considerando Que el Departamento de San Rafael a través del Honorable Concejo Deliberante, históricamente ha canalizado y hecho visible el sentir local por la “Causa Malvinas” y un permanente reconocimiento de los “Veteranos de Guerra” aún vivos y de los caídos durante y luego del conflicto armado con el Reino Unido de Gran Bretaña en 1982.
Que el Honorable Concejo Deliberante del Municipio de Ushuaia a través de la Resolución N° 68/2020 declaró a la Ciudad de Ushuaia “Hermana de Ciudades por la Cuestión Malvinas”. Que desde el 18 al 20 de abril con motivo del 40º aniversario de la Gesta de Malvinas, la ciudad de Ushuaia fue sede del encuentro de la Red de Concejalas de la Federación Argentina de Municipios (FAM), significativo evento en el que participaron parlamentarias de todo el país. Que en el encuentro de la Red de Concejalas de la Federación Argentina de Municipios (FAM), los ediles asumieron el compromiso de difundir y realizar las gestiones administrativas y legales a fin de que cada ciudad adhiera a la iniciativa de declararse “Hermana de Ciudades por la Cuestión Malvinas”.
Por lo expuesto se solicita al HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN RAFAEL tenga a bien aprobar el presente proyecto de: ORDENANZA Nº…
ARTICULO Nº 1: DECLARAR a la Ciudad de San Rafael “Hermana de Ciudades por la Cuestión Malvinas”.
ARTICULO Nº 2: POR PRESIDENCIA de este Honorable Concejo Deliberante, dispóngase la comunicación del contenido de la presente declaración al Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Ushuaia, provincia de Tierra del Fuego.
ARTICULO Nº 3: CÚMPLASE, comuníquese al Departamento Ejecutivo, publíquese, dese al registro de Declaraciones y al Digesto Municipal.
ARTICULO N° 4: DE FORMA.