Proyecto de ordenanza presentado por el concejal Mariana Abraham, del bloque de concejales partido “frente de todos” del honorable concejo deliberante de San Rafael.
Fundamentos: A partir de la Ordenanza N° 9987 en la que se llamó a concurso para la creación de la Bandera Departamental de San Rafael y luego de terminado el mismo contamos desde 2010 con una bandera propia, basada en toda la simbología que representa a nuestro departamento, sus características y ubicación geográfica.
Teniendo en cuenta que la función que cumplirá esta bandera es la de representarnos en diferentes ámbitos, como en turismo, cultura, educación etc.
En San Rafael, la provincia de Mendoza, dentro de nuestro país y en el exterior, es prioridad tener una identidad propia que nos represente y que nos distinga. La nueva bandera representa nuestro departamento.
Se eligieron diferentes elementos para conformarla: la bandera Argentina, el mapa de San Rafael que se encuentra en la rotonda de entrada, y el paisaje característico Sanrafaelino de cerros, ríos y lagos.
Cuenta con colores que la identifica y que la diferencian de otras banderas para así generar una imagen propia, que todo ciudadano vea y reconozca visualmente a la ciudad de San Rafael. “Las Malvinas son Argentinas” HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN RAFAEL – MENDOZA.
Art.1º). APRUÉBASE y DETERMÍNESE como Bandera Oficial de la Ciudad de San Rafael que adopta la siguiente forma: La construcción de la bandera de la Ciudad de San Rafael la cual se basa en la integración de los principales elementos distintivos de San Rafael, los mismos se unen compositivamente para armar la identidad.
La grilla constructiva determina la organización y relación de todos los elementos que conforman la bandera, la cual se compone de cortes geométricos y centrales utilizando siempre correctamente las proporciones.
El diseño, consta de una simplificación de cada elemento característico de San Rafael, creando una composición moderna y minimalista.
Proporciones en escala de cm Estas son las proporciones que se deben respetar según su escala.
- Ancho (15,5 cm): igual o mayor que 1/5 de la altura del mástil · Largo (23,5 cm) : ancho x 1,6 (proporción áurea) · Franja Superior: ancho / (3,9 cm) · Cielo (trapecio irregular de líneas curvas que termina en punta hacia adentro): Ancho del extremo derecho (3 cm) · Montaña (franja irregular de líneas curvas) Ancho del extremo derecho (2,4 cm), ancho del extremo izquierdo (1,5 cm), alto del pico de la montaña (3,7cm) · Agua; (franja irregular de líneas curvas) Ancho del extremo derecho (0,8 cm), ancho del extremo izquierdo (3,2 cm) · Separación entre cielo, montaña y agua: (0,8 cm) · Sol: diámetro interno = ancho / 3.2 cm · Rayos de sol = ancho / 8,5 cm x 5,5 cm · Uva = ancho / 2,5 cm x 3,2 cm · Sol y Uvas total = ancho / 8,5 cm x 6,4 cm · Ubicación del sol/uva, centrado con medidas por igual de 7,5 cm en cada extremo “Las Malvinas son argentinas” HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN RAFAEL – MENDOZA.
Art.2º). ESTABLÉCESE su uso como bandera oficial de la ciudad de San Rafael.
Art.3º). LAS EROGACIONES que puedan generase por la aplicación de esta Ordenanza serán atendidas con fondos del Presupuesto en vigencia del Honorable Concejo Deliberante.
Art.4º). CÚMPLASE, comuníquese al Departamento Ejecutivo, publíquese, dese al Registro de Ordenanzas y al Digesto Municipal.
Art.5°). DE FORMA.