Por iniciativa del Bloque de Concejales UCR-FCM, en la Sesión de este martes 28 de marzo de 2023, se logró incorporar un artículo a un Expediente de Pago y Liquidación de Asfalto, que implica un control exhaustivo a dichas obras reembolsables y una garantía para los vecinos frentistas, el mismo establece:
Artículo 3º)- A los fines de ejecutar la obligación de pago a los Vecinos Frentistas, referida en el artículo 1º de la presente pieza legal, deberá existir adjunto al Expediente de Asfalto: Copia Certificada del Informe Individualizado de Auditoría de Calidad expedido por la Universidad Tecnológica Nacional, considerando al mismo requisito esencial para la aprobación de la obligación de pago a los Vecinos Frentistas.
La aplicación de éste requisito esencial ha sido plasmado en diversos Proyectos de Ordenanza presentados por la Concejal Clarisa Barchiesi y el Concejal mandato cumplido Martín Serrano, cuyo objetivo es que los Informes de Auditoría emitidos por la Universidad Tecnológica Nacional o en su defecto por la institución de acreditada trayectoria que el H.C.D. determine, en el marco de Convenios celebrados con el Municipio de San Rafael, se EXPIDAN en forma concreta, clara y precisa sobre los asfaltos auditados, garantizando la calidad y la vida útil estipulada por el Artículo 11º de la Ordenanza Municipal N° 11.052 que estipula que: sean 40 años para los pavimentos de hormigón, 30 años para los cordones banquinas y en el caso de las obras de asfalto, 10 años.