Proyecto de ordenanza presentado por el concejal que integra el bloque la libertad avanza – Martín Antolin.
FUNDAMENTOS: La decisión política oficial y el consecuente debate acerca de la continuidad o no del sostenimiento del Sistema de Lucha Antigranizo por el Gobierno de
Mendoza, no puede descuidar la necesaria protección preventiva de los cultivos durante el presente ciclo agrícola 2024. Más aún cuando las políticas alternativas sugeridas (tela y seguro) aún no se han implementado, ni ejecutado, solo informado.
Sobre ello alerta y da cuenta la Multisectorial del Sur Mendocino, habiendo tomado conocimiento que en Julio del corriente presentó nota en tal sentido al Intendente Municipal, cuya copia adjunto, ycuyos conceptos hago propios a los fines de este proyecto.
Por lo expuesto y sin perjuicio de continuar el debate acerca de la conveniencia del sistema de Lucha Antigranizo en futuros ciclos productivos, es que -en lo inmediato- se impone continuar con el sistema tal cual venía operando, a fin de evitar los mayores y altamente probables perjuicios.
Es por éste motivo que presentamos ola siguiente ORDENANZA...
1o-El HCD solicita al DEM promueva Acción de Amparo con Medidas Cautelares en contra de Aemsa SA y/o Gobierno de Mendoza a fin de mantener durante el presente ciclo agropecuario 2024/2025 el Sistema de LAG tal como se venía prestando hasta el ciclo 2023/2024.
2o-En defecto de Amparo, el HCD solicita al DEM promueva las Acciones Legales con Medidas Cautelares -Administrativas y/o Judiciales- en contra de Aemsa SA y/o Gobierno de Mendoza a iguales fines.
3o- De forma.
PROYECTO DE DECLARACION PRESENTADO POR LOS SRES. CONCEJALES, MARIANO CAMARA, NAHUEL ARSCONE, ANTONELA CRISTOFANELLI, NESTOR OJEDA, PAMELA TORRES, SAMUEL BARCUDI, QUE INTEGRAN EL “BLOQUE PJ”.
VISTO: El reclamo efectuado por los vecinos del distrito de Las Paredes, de San Rafael, solicitando la pavimentación o repavimentación de calle Los Sauces entre calle Bentos y calle Jensen y calle Bertani entre Los Sauces y Los Filtros.
CONSIDERANDO: Que, el distrito Las Paredes, es uno de los más habitados dentro del departamento de San Rafael, contando a su vez con centros de salud, escuelas, y
complejos turísticos.
Que, en el distrito de Las Paredes, principalmente por las calles Los Sauces y Calle Bertani, el tránsito es muy variado desde peatones, ciclistas, vehículos de mediano y gran porte, como colectivos y camiones, lo que pone en riesgo a niños y adultos que circulan en dirección a la escuela o la sala de primeros auxilios como así también el deterioro de los vehículos.
Que, la pavimentación de estas calles, es esencial para mejorar la infraestructura vial del área, proporcionando una superficie de tránsito más segura y durable para vehículos y peatones.
Que, una calle pavimentada reduce significativamente elriesgo de accidentes de tráfico. Actualmente, el estado de la calle puede presentar peligros como baches, desniveles y áreas de barro, que pueden provocar accidentes.
Que, la situación empeora cuando llueve ya que se acumula el agua de margen a margen. Lo que imposibilita la circulación libre y segura por parte de peatones y ciclistas, aumentando el riesgo de accidentes y siniestros viales.
Que, en reiteradas veces, los vecinos del distrito Las Paredes, se han manifestado, sin obtener una respuesta por parte de la Dirección Provincial de Vialidad. Pudiendo haberse constatado que se siguen asfaltando calles de menor concurrencia vecinal y tránsito, dejando sin efectos los pedidos reiterados que han realizado los mismos.
Por lo expuesto, solicitamos al Honorable Cuerpo, dictar sanción favorable al siguiente proyecto de DECLARACION...
ARTÍCULO 1o.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN RAFAEL, vería con agrado que la Dirección Provincial de Vialidad arbitre los medios necesarios para realizar la pavimentación o repavimentación de calle Los Sauces entre calle Bentos y calle Jensen y calle Bertani entre Los Sauces y Los Filtros del distrito Las Paredes.
ARTÍCULO 2o.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN RAFAEL, reitera el pedido formulado mediante la declaración No 3586.
ARTICULO 3o.- POR PRESIDENCIA DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, remítase copia de la presente copia legal al Sr. Gobernador Lic. Alfredo Cornejo, al Sr.
Administrador general de la Dirección Provincial de Vialidad, Ing. Osvaldo Romagnoli; y al consejero de la Dirección Provincial de Vialidad Zona Sur (San Rafael, Gral. Alvear y
Malargüe) Leonardo Viñolo.
ARTÍCULO 4o.- CÚMPLASE, comuníquese al Departamento Ejecutivo, publíquese, dese al registro de Declaraciones y al Digesto Municipal.
PROYECTO DE ORDENANZA PRESENTADO POR LOS SRES. CONCEJALES QUE INTEGRAN EL “BLOQUE PJ”, NESTOR OJEDA, MARIANO CÁMARA, ANTONELA CRISTOFANELLI, PAMELA TORRES, SAMUEL BARCUDI, Y NAHUEL ARSCONE.
VISTO: Que el 05 de octubre del corriente en las instalaciones del Centro Integrador Universitario se llevará a cabo una nueva edición del evento cultural “La Peña de La Melga” y CONSIDERANDO...
QUE el grupo folclórico La Melga, desde hace 10 años, viene realizando de forma consecutiva su característica peña folklórica anual, la cual ha incrementado su popularidad e importancia año tras año. En cada una de sus ediciones, el público de sanrafaelino y de los departamentos vecinos, se ha hecho presente para disfrutar de una amplia variedad y calidad de artistas tanto de nivel local como provincial.
QUE cada integrante de La Melga, ha crecido en nuestro departamento recorriendo sus calles, esencia que hoy dejan plasmada en un repertorio que, con composiciones de autoreslocales y con sus propias obras musicales, hace de La Melga un grupo de folclore notoriamente genuino. Además, La Melga ha recorrido durante más de 18 años los escenarios de nuestro país, participando de los más destacados festivales nacionales.
QUE, en Argentina, hablar de folclore es hablar de nuestras raíces culturales más profundas, es hablar de música, de tradiciones, de bailes, de comidas, de aspectos identitarios que tenemos como pueblo. Sostenía el poeta Antonio Machado: "el folclore es lo que la palabra más directamente significa: saber popular, lo que el pueblo sabe, tal como lo sabe; lo que el pueblo piensa y siente, tal como lo siente y piensa, y así como lo expresa y plasma en la lengua que él, más que nadie, ha contribuido a formar. El pueblo sabe más, y, sobre todo, mejor que nosotros”.
QUE la tradición es un bien que pertenece a la comunidad, que tiene un sentido colectivo porque es conocida y atañe a grupos de personas, y se difunde como parte de la experiencia que los hombres más viejos heredan a los jóvenes. La tradición es un factor que forma parte de la identidad cultural de una comunidad, sus elementos transmitidos intervienen en la formación de las imágenes del sí mismo y del ente social.
La carga de pasado de la tradición funciona como conocimiento precedente a las nuevas generaciones que les ayuda para hacer frente a las nuevas experiencias de la vida. La tradición es vital y cultural, enseña a los hombres a conocer su realidad y también les muestra como son dentro de esa realidad; asimismo, refuerza el sentido de identidad del individuo y del grupo frente al olvido ocasionado por el tiempo. El sentido profundo de la tradición no es sólo la perpetuidad de la vida sin más, el mero vencimiento del tiempo, sino la prolongación indefinida del grupo social a través del tiempo.
QUE el 15 de noviembre de 1989 la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) presentó a sus Estados Miembros una serie de recomendaciones en relación a la conservación, salvaguarda, difusión y protección de la cultura tradicional y popular. Particularmente, la UNESCO instó a sus Estados Miembros a que “fomentasen la organización de acontecimientos nacionales, regionales e internacionales, como ferias, festivales, películas, exposiciones, seminarios, coloquios, talleres, cursos de formación, congresos, etc., y apoyasen la difusión y publicación de sus materiales, documentos y otros resultados”.
Por lo expuesto, se solicita al Honorable Concejo Deliberante de San Rafael tenga a bien aprobar el presente Proyecto de ORDENANZA...
ARTÍCULO No 1: DECLARAR DE INTERÉS MUNICIPAL el evento cultural “LA PEÑA DE LA MELGA”, que se llevará a cabo del 01 de octubre del corriente en las instalaciones del Centro Integrador Universitario sito en Avenida General Paz 1045 de esta Ciudad de San Rafael.
ARTÍCULO No 2 POR ÁREA DE PROTOCOLO del Honorable Concejo Deliberante procédase a la confección de un Diploma de Distinción Legislativa para “La Peña de La Melga” por su destacada trayectoria y contribución a la tradición folklórica cuyana.
ARTÍCULO No 3: EL cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal no implica gasto alguno para Municipalidad de San Rafael.
ARTÍCULO No 4: CÚMPLASE, comuníquese al Departamento Ejecutivo, publíquese, desde el registro de Ordenanzas y al Digesto Municipal.
PROYECTO DE ORDENANZA PRESENTADO POR LOS SRES. CONCEJALES QUE INTEGRAN EL “BLOQUE PJ”, NESTOR OJEDA, MARIANO CÁMARA, NAHUEL ARSCONE, PAMELA TORRES, SAMUEL BARCUDI, Y ANTONELA CRISTOFANELLI.
VISTO: Que el sábado 14 se realizará los” XXXIX INTERCURSOS” de la Esc. N° 4-015 SEIZO HOSHI del departamento de San Rafael CONSIDERANDO...
Que, el sábado 14 de septiembre se realizará el acto inaugural a partir de las 19:00 hs, en el S.U.M de la E.T.A No 4-015 “Seizo Hoshi”.
Que, en las “competencias deportivas” se suman lúdicas, culturales y farándula que se realizarán el domingo 15 al viernes 20 de septiembre, desde las 08:00 hs hasta las 23:30 hs en el S.U.M y Espacios Deportivos al aire libre de la E.T.A No 4-015 “Seizo Hoshi”.
Que, el “fogón” se realizará el viernes 27 de septiembre, a partir de las 19:00 hs, en el S.U.M de la E.T.A No 4-015 “Seizo Hoshi”. de las 19:00hs, recorriendo la Avenida San Martín del Distrito de Real del Padre.
Que, es intención de este Honorable Concejo reconocer los Intercursos y el aporte brindado a los espacios deportivos.
Por lo expuesto, se solicita al Honorable Concejo Deliberante de San Rafael tenga a bien aprobar el presente Proyecto de ORDENANZA...
ARTÍCULO No 1: DECLARAR DE INTERÉS MUNICIPAL los Intercursos” XXXIX INTERCURSOS” por el valor deportivo y social añadido a nuestro departamento. Organizado por ETA Seizo Hoshi y el Colegio Sagrada Familia.
ARTÍCULO No 2 POR PRESIDENCIA del Honorable Concejo Deliberante procédase a la confección del correspondiente Diploma de Distinción Legislativa.
ARTÍCULO No 3: EL cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal no generará cargos al Departamento Ejecutivo Municipal.
ARTÍCULO No 4: CÚMPLASE, comuníquese al Departamento Ejecutivo, publíquese, desde el registro de Ordenanzas y al Digesto Municipal.